Poder Judicial y Corte Constitucional convocan mayores cambios en enmiendas aprobadas  

Volver a Noticias

Poder Judicial y Corte Constitucional convocan mayores cambios en enmiendas aprobadas  

Escuchar esta noticia

La subcomisión Función Jurisdiccional y Órganos Autónomos, votó en particular las normas aprobadas en general y las enmiendas ingresadas a los capítulos relativos al Poder Judicial, Corte Constitucional, Ministerio Público, Justicia Electoral y Servicio Electoral, Contraloría General de la República y Banco Central.

Los integrantes de la instancia alcanzaron acuerdo en un conjunto de enmiendas denominadas como “unidad de propósitos”, las que fueron aprobadas por la unanimidad de las y los comisionados.

En cuanto al Poder Judicial, se aprobó que la función de conocer y resolver los conflictos de relevancia jurídica y hacer ejecutar lo juzgado, radica exclusivamente en los jueces que integran los tribunales previamente establecidos por ley.

Dentro de las enmiendas visadas se incluyó que “los jueces se sujetarán a la Constitución y a la ley, y no podrán en caso alguno ejercer potestades de otros poderes públicos”. A lo anterior, se establece que “las sentencias dictadas por tribunales internacionales de derechos humanos contra el Estado de Chile cuya jurisdicción ha sido reconocida por éste, serán cumplidas conforme al procedimiento establecido por ley”.

El máximo órgano jurisdiccional del Poder Judicial será la Corte Suprema, que estará compuesta por 21 ministros. Además, la Corte Suprema representará a los tribunales de justicia frente a los demás poderes del Estado.

Respecto a su gobernanza, se establece la existencia de órganos autónomos encargados de los nombramientos de sus integrantes, el ejercicio de las facultades disciplinarias, la formación y el perfeccionamiento de jueces y funcionarios, así como la gestión y administración del Poder Judicial. Existirá un órgano por cada uno de ellos, los que funcionarán separadamente y de forma coordinada. Los integrantes de los cuerpos directivos de los órganos autónomos durarán cuatro años en su cargo y podrán ser reelegidos por una vez, salvo los del órgano que esté a cargo de los nombramientos judiciales.

“Al interior del Poder Judicial hemos hecho una gran cantidad de innovaciones. Es un poder que llevaba muchísimos años y que requería modernizarse. Esto implicaba separar las funciones, donde los jueces estén resolviendo los casos, fallando, como les corresponde a los tribunales; y toda la labor administrativa, nombramientos, designaciones, traslados, etcétera, estén bajo los órganos administrativos que cumplan aquella labor”, detalló la comisionada Leslie Sánchez.

Un órgano autónomo tendrá por función velar por el correcto actuar de los jueces, de los funcionarios del Poder Judicial, de los auxiliares de la administración de justicia y de las demás personas que determine la ley. Este órgano estará integrado por todos los fiscales judiciales establecidos en conformidad a la ley y tendrá un Consejo Directivo presidido por el Fiscal Judicial de la Corte Suprema e integrado por cuatro fiscales judiciales de las Cortes de Apelaciones, elegidos por estos en votación única. Los fiscales durarán nueve años en sus cargos y se renovarán por parcialidades a razón de uno cada año. Serán inamovibles y no podrán ser reelegidos.

Los ministros y los fiscales judiciales de la Corte Suprema serán nombrados por el Presidente de la República, eligiéndolos de una nómina de cinco personas que, en cada caso, propondrá dicho órgano y con acuerdo del Senado. Este adoptará los respectivos acuerdos por los tres quintos de sus miembros en ejercicio.

A su turno, la comisionada Katherine Martorell valoró una iniciativa que “impulsamos desde un principio. Hoy se aprobó la creación del Servicio de Acceso a la Justicia y Defensoría de Víctimas para que las personas víctimas de delitos puedan acceder a defensa y representación jurídica especializada y asistencia en el ámbito psicológico y social”.

Durante la sesión, también se abordaron los capítulos referidos al Ministerio Público, Justicia Electoral y Servicio Electoral, Contraloría General de la República, Banco Central y Corte Constitucional (actual Tribunal Constitucional), destacando en este último su nueva composición de nueve miembros, quienes durarán nueve años en sus cargos y se renovarán por parcialidades a razón de uno cada año.

Los integrantes de la Corte Constitucional deberán tener a lo menos quince años de título de abogado y contar con reconocida y comprobada competencia e idoneidad profesional o académica en el ámbito de sus funciones. Su funcionamiento estará dividido en dos salas y su presidente no tendrá votó dirimente.

Las indicaciones aprobadas prosiguen su tramitación en el pleno de la Comisión Experta, a partir de la próxima semana.

  • Vea la jornada de votación de la Subcomisión de Función Jurisdiccional y órganos Autónomos aquí:

  • Vea imágenes del trabajo de la subcomisión aquí:

En tanto, la subcomisión de Sistema Político, Reforma Constitucional y Forma de Estado votó las normas correspondientes al Capítulo III, Representación Política y Participación.

En lo sustantivo, se definió que “Las personas tienen derecho a participar en los asuntos de interés público, mediante la elección de representantes, plebiscitos y referendos que la Constitución establece y a través de los mecanismos de participación, en conformidad con ella y la ley.

Asimismo, en las votaciones populares, plebiscitos y referendos, el sufragio será personal, igualitario, secreto, informado y obligatorio, salvo en el caso de elecciones primarias, que será voluntario.

Las normas aprobadas también señalan que “los independientes podrán participar en la presentación de candidaturas y en los procesos electorales en conformidad a la ley electoral”.

Respecto a los partidos políticos, la Constitución garantiza el pluralismo político. No obstante, aquellos “partidos políticos, movimientos u otras formas de organización cuyos objetivos, actos o conductas no respeten los principios básicos del régimen democrático, como asimismo aquellos que hagan uso de la violencia, la propugnen o inciten a ella, serán declarados inconstitucionales. Corresponderá a la Corte Constitucional conocer y juzgar estas materias”.

Los partidos solo podrán tener ingresos de origen nacional y en caso alguno podrán recibir aportes de cualquier naturaleza de personas jurídicas distintas del Fisco”.

En materia de paridad, la norma aprobada señala que “la ley deberá contemplar mecanismos para asegurar una participación equilibrada entre mujeres y hombres en la integración de sus órganos colegiados”.

Mecanismos de participación

Entre las normas aprobadas por las subcomisiones, se incorporan a la normativa constitucional mecanismos de participación ciudadana en el proceso de formación de la ley.

En primer término, se establece que “un grupo de personas habilitadas para sufragar equivalente al cuatro por ciento del último padrón electoral y no superior al seis por ciento de dicho padrón, podrá presentar a cualquiera de las ramas del Congreso Nacional una iniciativa popular de ley para su tramitación legislativa, con excepción de reformas a la Constitución.

Asimismo, “un grupo de personas habilitadas para sufragar, equivalente al tres por ciento del último padrón electoral, podrá presentar ante el Servicio Electoral una iniciativa de derogación total o parcial de ley, para que sea votada en un referendo, dentro de los 60 días siguientes de su publicación. Esta iniciativa deberá reunir un apoyo total no inferior al siete por ciento ni superior al doce por ciento del último padrón electoral, dentro de los 60 días siguientes de la presentación.

La instancia también aprobó las normas referidas a Congreso Nacional, procedimiento de cambio constitucional y continuó con la votación del capítulo referido a gobierno y administración regional y local.

  • Vea aquí la jornada de votación de Subcomisión de Sistema Político, Reforma Constitucional y Forma de Estado:

  • Vea aquí imágenes de la jornada de subcomisión:

image_pdfimage_print
Volver a Noticias
Ir al contenido
Send this to a friend