Iniciativa popular de ley, plebiscitos ciudadanos, derogación de normas y foros deliberativos concitaron debate en subcomisión de Sistema Político

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Iniciativa popular de ley, plebiscitos ciudadanos, derogación de normas y foros deliberativos concitaron debate en subcomisión de Sistema Político

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Con el debate relativo a las normativas de representación política y participación, la Subcomisión de Sistema Político, Reforma Constitucional y Forma de Estado, prosiguió el análisis de las enmiendas presentadas para su discusión y votación en particular del capítulo III.

El apartado establece que las personas tienen derecho a participar en los asuntos de interés público, mediante la elección de representantes y referendos que la constitución establece y a través de los mecanismos de participación.

Es deber de los órganos del Estado, respetar y promover el ejercicio de este derecho, tendiendo a favorecer una amplia deliberación ciudadana. En esa línea, dentro de las enmiendas ingresadas al artículo 36, se proponen cambios en los mecanismos de participación. “Se busca que las personas incidan en la elaboración de la ley y no solo en entregar opiniones”, expuso la comisionada Antonio Rivas.

Iniciativa Popular de Ley

La propuesta establece mecanismos que permitan incorporar la opinión de las personas en el proceso de formación de la ley, incluyendo el uso de medios digitales o tecnológicos. Para ello, el Congreso Nacional deberá establecer un repositorio que reúna todos los procesos de participación ciudadana para orientar el debate parlamentario.

“Buscamos contribuir a relegitimar -esta iniciativa-, pasando del 2% aprobado en general, al 4% que proponemos de piso, con un techo de 6%. Se debería hablar de apoyos y no de patrocinios e iniciar así la tramitación de estas iniciativas populares de ley”, expuso la comisionada Natalia González.

En la ocasión se debatió los alcances de los medios tecnológicos y nuevos mecanismos de participación. Debe ser “expedito y electrónico, lo que tiene que ver con la experiencia comparada, especialmente de Brasil, donde se exigen ciertas formalidades como llevarlo a un notario”, detalló el comisionado Francisco Soto.

La comisionada Antonia Rivas, además, destacó la importancia de “no establecer barreras y fomentar la participación. Garantizar la iniciativa y acercar a las personas a las materias que se discuten en el Congreso Nacional”.

A su turno, el comisionado Sebastián Soto señaló la importancia de “hacer consistente esta iniciativa con el sistema legislativo establecido para el proceso de formación de la ley; estableciendo límite máximo de apoyos. Cuida la deliberación y deja espacio a deliberación posterior”. Soto destacó lo expedito y electrónico, como punto central.

Por su parte, el presidente de la instancia, Juan José Ossa, resaltó los alcances del capítulo destinado a las normas de representación política y participación, donde resulta fundamental alcanzar un “balance entre legitimar nuevos mecanismos y que estos sean operativos”.

Derogación total o parcial de ley

Un grupo de personas habilitadas para sufragar, equivalente al 3% del último padrón electoral, podrá, dentro de los cuatro meses siguientes de haberse publicado una ley, presentar una iniciativa de derogación total o parcial de esta, para que sea votada mediante referendo. Las firmas deberán ser presentadas ante el Servicio Electoral, el que dispondrá un procedimiento electoral expedito y electrónico.

En una de las indicaciones se propone que, presentada la iniciativa ante el Servel, esta deberá reunir, en total, un apoyo mínimo equivalente al 10% del último padrón electoral y no superior al 15% de dicho padrón, dentro de los tres meses siguientes de haberse presentado ante dicho Servicio; el que dispondrá de un procedimiento expedito para reunirlos. Transcurrido el plazo sin haberse reunido los apoyos exigidos, el Servicio Electoral archivará la iniciativa.

“Es un instrumento novedoso y para algunas personas rodeado de incertidumbre, interrogantes y dudas, respecto a su aplicación en el ordenamiento jurídico y sus efectos. Pudiera haber quedado con un umbral bajo respecto a otras jurisdicciones. Buscamos ajustar el umbral -al 10%- dado lo que ocurre en otras legislaciones comparadas”, indicó la comisionada Natalia González.

En la ocasión se analizaron las limitaciones de la propuesta, relativas a las materias en que pudieran tramitarse la derogación total o parcial de una ley, exponiendo que las “las leyes se hacen y derogan en el parlamento, frente a lo cual una derogación sería un mandato al Congreso”, destacó la comisionada  González.

Por su parte, el comisionado Francisco Soto resaltó la importancia de alcanzar “un texto de consenso, donde se pueda lograr reconectar los vínculos con la ciudadanía y fortalecer la representación de nuestro Congreso Nacional que tanto orgullo nos ha dado en el pasado”.

Foros deliberativos

La ley establecerá foros de deliberación ciudadana que colaborarán en la resolución de una materia específica de debate público, sea esta de alcance nacional, regional o comunal, previamente definida por la autoridad que corresponda en cada caso. Los foros de deliberación serán de carácter consultivo y tendrán el deber de deliberar y efectuar recomendaciones sobre los asuntos que expresamente se sometan a su conocimiento en conformidad a la ley.

Asimismo, la ley definirá la creación de un órgano colegiado cuya función será convocar al foro de deliberación a requerimiento de la autoridad competente y velar por la correcta aplicación de este procedimiento deliberativo.

Al respecto, el comisionado Francisco Soto detalló que la propuesta “se centra en la formación de ley en los procesos territoriales. Se trata de una propuesta muy relevante, “ya que los mecanismos no han actuado en este nivel, no ha causado el efecto deseado. Una fórmula virtuosa de diálogo entre la ciudadanía y los gobiernos”.

Plebiscitos ciudadanos (regionales y comunales)

El consejo regional o concejo municipal, previo requerimiento del gobernador o alcalde, según corresponda, con el acuerdo de los dos tercios de los consejeros regionales o concejales en ejercicio, o de una iniciativa ciudadana patrocinada por al menos el diez por ciento del padrón electoral regional o comunal, respectivamente, podrá acordar someter una determinada materia de competencia municipal o regional, según corresponda, a plebiscito de conformidad con lo dispuesto en la ley.

Lo aprobado en estos plebiscitos será vinculante para las autoridades regionales o comunales, siempre que cumpla con el quorum correspondiente y demás requisitos establecidos en la ley. En ningún caso lo resuelto en estos plebiscitos podrá modificar lo establecido en los presupuestos regionales o municipales ni afectar a otras regiones o comunas.

Frente a la iniciativa, la comisionada Natalia González señaló -respecto a la enmienda propuesta-, que “buscamos que el umbral de 10% aprobado en general pueda igualarse con lo establecido a anteriores mecanismos”.

Defensoría de la ciudadanía

La enmienda propone que el Defensor de la Ciudadanía sea designado por el Presidente de la República, mediante concurso público, siendo ratificado por el Senado con una duración de 6 años en el cargo

“Estamos muy atrás (como país) en incorporar mecanismos de participación. Muchas constituciones hacen referencia a los mecanismos de participación, pero sin establecer mecanismos de control a los órganos responsables de su implementación. En una sociedad donde no tenemos arraigada la doctrina de participación, es clave la creación de un órgano de este tipo”, enfatizó el comisionado Francisco Soto.

  • Vea aquí la sesión completa de esta jornada

 

Subcomisión de Principios, Derechos Civiles y Políticos

En tanto, la Subcomisión de Principios, Derechos Civiles y Políticos continuó el debate en su sesión de hoy respecto de algunas de las enmiendas presentadas sobre la norma aprobada del Derecho de Libertad de Pensamiento de Conciencia y Religión. Las comisionadas y comisionados destacaron esta definición como un “avance”.

El presidente de la instancia, Máximo Pavez, recalcó como una convicción entre sus integrantes que “conciliar en la búsqueda de acuerdos establecemos el amplio consenso en el hecho que, bajo ninguna norma, el estado puede coaccionar a los ciudadanos respecto de sus convicciones religiosas o creencias”.

Este jueves, la subcomisión seguirá discutiendo las enmiendas formuladas al texto aprobado en general por la Comisión Experta.

  • Vea aquí la sesión completa de esta jornada

 

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