Comisionadas y Comisionados trabajan enmiendas del anteproyecto con eje en las 12 Bases Institucionales

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Comisionadas y Comisionados trabajan enmiendas del anteproyecto con eje en las 12 Bases Institucionales

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Luego de aprobar en general las normas para los 14 capítulos de la propuesta constitucional, los integrantes de la Comisión Experta están trabajando en las enmiendas -es decir, en las indicaciones- para suprimir, sustituir o adicionar normas al borrador actual. El contenido de este texto, que será presentado en junio al Consejo Constitucional, deberá ajustarse a las 12 bases institucionales y fundamentales establecidas en la ley que dio origen al actual Proceso Constitucional.

  • ¿EN QUÉ CONSISTEN LAS 12 BASES INSTITUCIONALES?

Luego de tres meses de diálogos constitucionales, una mayoría de fuerzas políticas de diversos sectores de nuestro país firmó en diciembre de 2022 el “Acuerdo por Chile”. Este documento, que traza el itinerario del Proceso Constitucional, define 12 bases que deberán estar contenidas en la propuesta. En su minuto se les llamó “bordes constitucionales”. Entre estos “márgenes”, por ejemplo, se establece que Chile es una República democrática, un Estado unitario, un Estado social y democrático de derecho, reconoce a los pueblos indígenas y consignan los emblemas nacionales: los actuales, escudo, bandera e himno nacional. Para asegurar que estas bases se cumplan, se dispuso la existencia de un Comité Técnico de Admisibilidad, el cual podrá vetar normas provenientes tanto de la Comisión Experta como del Consejo Constitucional en caso de que éstas contradigan alguna de las 12 bases.

En otras palabras, las 12 bases constitucionales fijan ciertas “reglas del juego”, pero al mismo tiempo dejan un amplio margen para que las fuerzas políticas de la Comisión Experta y del Consejo Constitucional doten de contenido a la propuesta que será plebiscitada.

  • BASES CONSTITUCIONALES
  1. Chile es una República democrática, cuya soberanía reside en el pueblo.
  1. El Estado de Chile es unitario y descentralizado.
  1. La soberanía tiene como límite la dignidad de la persona humana y los derechos humanos reconocidos en los tratados internacionales ratificados por el Estado de Chile y que se encuentren vigentes. La Constitución consagrará que el terrorismo, en cualquiera de sus formas, es por esencia contrario a los derechos humanos.
  1. La Constitución reconoce a los pueblos indígenas como parte de la nación chilena, que es una e indivisible. El Estado respetará y promoverá sus derechos y culturas.
  1. Chile es un Estado social y democrático de derecho, cuya finalidad es promover el bien común; que reconoce derechos y libertades fundamentales, y que promueve el desarrollo progresivo de los derechos sociales, con sujeción al principio de responsabilidad fiscal y a través de instituciones estatales y privadas.
  1. Los emblemas nacionales de Chile son la bandera, el escudo y el himno nacional.
  1. Chile tiene tres poderes separados e independientes entre sí:
  2. a) Poder Ejecutivo, con un jefe de Gobierno con iniciativa exclusiva en la presentación de proyectos de ley que incidan directamente en el gasto público.
  3. b) Poder Judicial, con unidad jurisdiccional y con pleno respeto de las sentencias judiciales firmes y ejecutoriadas.
  4. c) Poder Legislativo bicameral, compuesto por un Senado y una Cámara de Diputados y Diputadas, sin perjuicio de sus atribuciones y competencias en particular.
  1. Chile consagra constitucionalmente, entre otros, los siguientes órganos autónomos: Banco Central, Justicia Electoral, Ministerio Público y Contraloría General de la República.
  1. Chile protege y garantiza derechos y libertades fundamentales como el derecho a la vida, la igualdad ante la ley, el derecho de propiedad en sus diversas manifestaciones, la libertad de conciencia y de culto, el interés superior de los niños, niñas y adolescentes, la libertad de enseñanza y el derecho-deber preferente de las familias de escoger la educación de sus hijos, entre otros.
  1. Chile consagra constitucionalmente con subordinación al poder civil la existencia de las Fuerzas Armadas y las Fuerzas de Orden y Seguridad, con mención expresa de Carabineros de Chile y de la Policía de Investigaciones de Chile.
  1. La Constitución consagra, a lo menos, cuatro estados de excepción constitucional: de asamblea, de sitio, de catástrofe y de emergencia.
  1. Chile se compromete constitucionalmente al cuidado y la conservación de la naturaleza y su biodiversidad.
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