Comisión Experta y Comité de Admisibilidad afinan funcionamiento

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Comisión Experta y Comité de Admisibilidad afinan funcionamiento

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Con una jornada de coordinación e información, los integrantes de la Comisión Experta y del Comité de Admisibilidad del Proceso Constitucional, trabajaron los aspectos técnicos previos a la asunción de los cargos para los que fueron designados.

La jornada estuvo liderada por el Secretario General del Proceso Constitucional 2023, Luis Rojas Gallardo y el Prosecretario de la instancia, Rodrigo Pineda Garfias, quienes junto al equipo de profesionales de apoyo afinaron las coordinaciones de funcionamiento de los primeros dos órganos que marcan el inicio de este proceso.

El viernes 3, se resolvieron aspectos prácticos y operacionales, entre ellos, los correos electrónicos, las credenciales, la metodología de trabajo, junto con conocer las instalaciones que ocuparán en la sede el Congreso Nacional en Santiago desde el lunes 06 de marzo.

Las dependencias del Senado en Santiago, serán utilizadas por la Comisión Experta y el Comité Técnico de Admisibilidad, en tanto, el Consejo Constitucional -que se elegirá mediante votación popular en el mes de mayo-, funcionará en instalaciones de la Cámara de Diputadas y Diputados, también en la capital.

Órganos Proceso Constitucional

La Comisión Experta es uno de los tres órganos establecidos para desarrollar el Proceso Constitucional durante el año 2023 según lo establecido en la ley N°21.533. Su objetivo es proponer al Consejo Constitucional un anteproyecto de propuesta de nueva Constitución Política de la República de Chile, el cual posteriormente será discutido por sus 50 miembros elegidos mediante votación popular. Además, desarrollará un rol de colaboración en la armonización del texto final y la redacción de las normas transitorias.

La Comisión Experta, está constituida por 24 personas y es de carácter paritario; al igual que el Comité de Técnico de Admisibilidad, integrada por 14 miembros, que tienen la misión de resolver los requerimientos que se interpongan contra aquellas propuestas de normas aprobadas por la Comisión o por el plenario del Consejo Constitucional, o por la Comisión Experta y que contravengan las bases institucionales establecidas para el proceso.

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