Beneficio para condenados mayores de 75 años en discusión

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Beneficio para condenados mayores de 75 años en discusión

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Distintas posturas generó en la Comisión de Principios, Derechos Civiles y Políticos la enmienda del Partido Republicano que busca beneficiar con reclusión domiciliaria, a los presos mayores de 75 años de edad. Esto en el marco de la discusión del Capítulo II sobre Derechos y Libertades Fundamentales, Garantías y Deberes Constitucionales del anteproyecto de la Comisión Experta.

La indicación de las y los consejeros Mariela Fincheira, María Gatica, Beatriz Hevia, María de los Ángeles López, Carmen Montoya y Miguel Rojas plantea agregar un literal nuevo al artículo 16 inciso 4, el cual señala lo siguiente: “las personas mayores de setenta y cinco años de edad o que padezcan enfermedades terminales, debidamente calificadas, cumplirán la prisión preventiva, presidio o reclusión en su domicilio. Esta disposición sólo será aplicable en aquellos casos en que la conducta sancionada, no representen un peligro actual para la sociedad”.

Al mostrarse contraria a dicha enmienda, la comisionada Catalina Lagos argumentó que “esta norma no respeta los estándares internacionales sobre derechos humanos porque no toma en cuenta todas las limitaciones que debiera considerarse en estos casos puntuales». Dijo que de acuerdo a cifras del Ministerio de Justicia, del universo de condenados mayores de 75 años, el 55,1% son por violaciones a los derechos humanos y un 29,7% por violaciones sexuales.

Lagos añadió que «entregar beneficios que impliquen impunidad, es algo que sí atenta contra la seguridad de la sociedad. Lo que queremos ahora es que haya una Constitución que podamos legar a nuestros hijos, hijas, nietos y nietas para un mejor futuro; y, por lo mismo, una propuesta como ésta se encamina a asegurar la impunidad”.

 

En la misma línea, el consejero Fernando Viveros (PC) aseguró que esta enmienda de los republicanos sólo genera incertidumbre en la sociedad y que en absoluto son un aporte para la democracia en nuestro país.

Al respecto, el comisionado Carlos Frontaura manifestó que tanto la Iniciativa Popular de Norma (N.6.007), que se presentó sobre este mismo tema, como la enmienda de los republicanos «no piden que haya una rebaja de pena, sino que la reclusión sea alternativa». A su juicio, «es un exceso sostener que habría impunidad por el hecho de que una persona, en estado terminal o vejez, cumpla su pena no en la cárcel, sino que en su domicilio. No es impunidad y, por lo mismo, seamos precisos al hablar técnicamente en esta materia”, subrayó.

A su turno, el consejero Luis Silva (PRep), quien también defendió la enmienda, indicó la propuesta se presenta por razones humanitarias y que no pasa a llevar a ningún poder del Estado.

En este debate también se dió cuenta de la IPN N° 6.007 -presentada por Enrique Cordovez, capitán de navío (R)-, para reemplazar la letra f del artículo 16 inciso 4 por la siguiente: “Los menores de dieciocho años privados de libertad deberán estar separados de los adultos y se les aplicará un régimen acorde con su edad. Los mayores de 75 años pueden impetrar el cumplimiento alternativo de pena mediante reclusión domiciliaria total.”.

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