Aprueban derecho a la vida y reclusión domiciliaria para enfermos terminales

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Aprueban derecho a la vida y reclusión domiciliaria para enfermos terminales

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El derecho a la vida del quien está por nacer y la reclusión domiciliaria para aquellas personas que están con enfermedades terminales y que «no representen un peligro para la sociedad» aprobó la Comisión de Principios, Derechos Civiles y Políticos del Consejo Constitucional.

Un intenso debate generó la enmienda de unidad de propósito de las y los consejeros de la oposición, Mariela Fincheira, María Gatica, María de los Ángeles López, Carmen Montoya, Carolina Navarrete, Miguel Rojas y Luis Silva para sustituir el artículo 16, inciso 1 por el siguiente: “El derecho a la vida. La ley protege la vida de quien está por nacer. Se prohíbe la pena de muerte”. El oficialismo señaló que esto es “retroceder” y “un peligro” en materia de derechos para las mujeres, porque abre paso a abolir el aborto en sus tres causales tal como está en la legislación actual. Mientras que la oposición se mostró contraria a estas opiniones.

La consejera Marcela Araya (PS) fundamentó su rechazo a la propuesta, señalando que “esta redacción significa cerrar el debate democrático y dar un paso a los sectores ultraconservadores en cuanto a dejar como inconstitucional el aborto en tres causales. Con esta determinación arbitraria y contradictoria tendrán que dar explicaciones a las millones de mujeres que están en contra de perder sus derechos sexuales y reproductivos conquistados en un momento en que necesitamos generar un texto de futuro y no que sea propio de mentalidades del siglo pasado”.

La consejera Carolina Navarrete (UDI), en tanto, sostuvo que “como se dijo en su momento, y quiero despejar cualquier duda, lo que no buscamos con esta enmienda de unidad de propósito es retroceder en la actual protección al niño que está por nacer y de la ley (tres causales) que fue democráticamente debatida en el Congreso Nacional”.

Reclusión Domiciliaria:

El derecho a la libertad personal y seguridad individual se contempla en el artículo 16 inciso 4 del anteproyecto, sin embargo  fue modificado por una enmienda de unidad de propósito de la UDI y del Partido Republicano que propone que “las personas condenadas a una pena privativa de libertad, podrán solicitar al tribunal competente la sustitución de dicha pena por la de reclusión domiciliaria total, siempre que se acredite conforme a la ley, la existencia de una enfermedad terminal y que el condenado no represente un peligro actual para la sociedad». Esta iniciativa fue aprobada por 7 votos a favor, cuatro en contra y una abstención.

Mientras que la Iniciativa Popular de Norma 6.007 del ex oficial naval Enrique Cordovez, que solicitaba que “los mayores de 75 años pueden impetrar el cumplimiento alternativo de pena mediante reclusión domiciliaria total”, fue rechazada por ocho abstenciones y cuatro votos en contra.

El consejero Yerko Ljubetic (CS) calificó de «irresponsable» esta propuesta, expresando que “la cifra de personas mayores de 75 años privadas de libertad en el país es de 265, y de ellas 146 son de violadores a los derechos humanos. La sociedad en su conjunto tiene el deber de no volver a repetir atrocidades en materia de derechos humanos y no permitir que estas propuestas puedan constituirse en iniciativas que abren un riesgo enorme de impunidad frente a los crímenes de lesa humanidad”.

Derechos a los Cuidados:

Respecto a los derechos a los cuidados, se rechazó una enmienda de la bancada de Unidad para Chile destinada a que “el Estado reconoce el valor económico y social de las labores de cuidado y el trabajo doméstico no remunerado y es su deber establecer políticas públicas y prestaciones que permitan el mayor bienestar social”.  Esta iniciativa solo contó con los cuatro votos del oficialismo y ocho en contra de parte de la derecha.

También se rechazó la IPN N° 10.107 por cuatro votos a favor y ocho en contra sobre el derecho a los cuidados. No obstante, se aprobó una enmienda de unidad de propósito para agregar un nuevo artículo luego del 14. Esta pertenece a los republicanos y a las bancadas UDI y RN-Evópoli para establecer que “la Constitución reconoce el valor de los cuidados para el desarrollo de la vida en la familia y la sociedad. Asimismo, se promoverá la conciliación entre la vida familiar y laboral, y la implementación de mecanismos de apoyo y acompañamiento a la maternidad”.

Además, se rechazó otra enmienda del oficialismo para agregar un nuevo inciso, en los siguientes términos: “Toda persona tiene el derecho a cuidar y a ser cuidado. Es deber del Estado fomentar la corresponsabilidad y la conciliación entre la vida laboral, familiar y personal, garantizando el derecho de las personas cuidadoras a ejercer dicha labor en condiciones de dignidad y protección social”.

Derechos de la Niñez:

Los integrantes de esta instancia aprobaron (8 a favor y cuatro en contra) una unidad de propósito para sustituir el artículo 14 del anteproyecto. La indicación, de las bancadas de la derecha, propone que “la Constitución reconoce y asegura el interés superior de los niños, el cual incluye las condiciones para crecer y desarrollarse en su familia. Se entiende por niño todo ser humano menor de 18 años de edad. El Estado reconoce a la familia, esto es, los padres o tutores en su caso, la prioridad en la determinación del interés superior de sus hijos o pupilos, procurando su máximo bienestar espiritual y material posible. Se protegerá especialmente a los niños contra cualquier tipo de explotación, maltrato, abuso, abandono y/o tráfico de niños, todo esto de conformidad a la ley”.

En este punto, además se presentó la IPN 9.247 de la organización Pacto Niñez. En ese contexto, el consejero Fernando Viveros (PC) señaló que para “nosotros este tema es muy importante y que esta IPN haya causado mucho debate adentro de este Consejo Constitucional es positivo, pero también en la sociedad. Esta propuesta reconoce los derechos de los niños, niñas y adolescentes y que el Estado promueva la protección integral de la niñez adoptando medidas para resguardar su sobrevivencia y desarrollo”.

Por su parte, la consejera republicana, María Gatica (PRep), indicó que “tres partidos de distintas sensibilidades políticas hayamos suscrito una unidad de propósito en torno al interés superior del niño no es casualidad. Es una demostración, que pese a todas las diferencias que podamos tener, hay en dos o tres materias que no podemos sino confluir con firme convicción respecto al valor sagrado de la infancia. Al modificar la redacción del artículo 14 nos ayuda a recordar el hecho que el niño viva con su familia no es algo que corra por carriles separados a su interés superior”. La IPN 9.247 fue rechazada por 8 votos en contra y cuatro a favor.

A esta comisión le correspondió revisar y votar los artículos y enmiendas pertenecientes a los Capítulos I y parte del II del anteproyecto, concluyendo su jornada de trabajo a las 5:41 horas de este sábado.

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