Aprueban creación de Servicio Nacional de Acceso a la Justicia y Defensoría de las Víctimas

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Aprueban creación de Servicio Nacional de Acceso a la Justicia y Defensoría de las Víctimas

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Los integrantes de la Comisión Función Jurisdiccional y Órganos Autónomos, aprobaron por ocho votos a favor y cuatro abstenciones, la enmienda de unidad de propósito (UDP) relativa al epígrafe del Capítulo IX: Ministerio Público -presentada por las bancadas RN/Evópoli, UDI y republicanos-, la cual incorpora un nuevo apartado denominado: “Servicio Nacional de Acceso a la Justicia y Defensoría de las Víctimas”.

En dicha materia, el anteproyecto -en su artículo 184- propone la creación de un Servicio Nacional de Acceso a la Justicia y Defensoría de las Víctimas, como órgano autónomo, público, descentralizado funcionalmente y desconcentrado territorialmente, dotado de personalidad jurídica y con patrimonio propio. Dicho servicio “estará sometido a la supervigilancia del Presidente de la República a través del ministerio que tenga a su cargo las relaciones con el Poder Judicial”.

La iniciativa visada sustituye en el epígrafe: “Servicio de Acceso a la Justicia y Defensoría de las Víctimas”, por un nuevo capítulo a continuación del Capítulo VIII, denominado: «Servicio Nacional de Acceso a la Justicia y Defensoría de las Víctimas».

Para la consejera Ivon Guerra (UDI), la aprobación de esta iniciativa representa “un tema sensible para todos los ciudadanos del Chile de hoy”.

Al respecto, la consejera María Pardo (CS) indicó que «la defensoría de la víctimas es un tema que nos ha interesado mucho impulsar (como Unidad para Chile), muy necesario y que responde a una necesidad y una urgencia ciudadana».

En la ocasión, Pardo explicó el voto de abstención del oficialismo, indicando que: «Nos parece una muy buena iniciativa, estuvimos en conversaciones y les hicimos ver (a la oposición) dónde la redacción de la enmienda de unidad de propósito podía mejorar y en muchos casos esos puntos fueron acogidos; sin embargo un punto no podía ser aprobado por nosotros, que se refería a esta unidad especializada a cargo de ciertas víctimas, relativas al ámbito de competencia de la Fiscalía Supraterritorial«.

«Nos parece preocupante este inciso en particular, porque lo que hace es priorizar a algunas víctimas respecto a las demás«, enfatizó Pardo.

Dentro de sus atribuciones, el nuevo servicio deberá entregar -entre otros aspectos- orientación, asesoría y representación jurídica a las personas que así lo requieran, brindar apoyo integral, de carácter psicológico y social a las personas víctimas de delitos e informar en materias de acceso a la justicia y defensa de víctimas de delitos, colaborando con las autoridades que al efecto lo requieran.

Consejo Técnico Asesor Contraloría

En la misma sesión, la Comisión Función Jurisdiccional y Órganos Autónomos votó en particular las enmiendas de unidad de propósito (UDP) que se encontraban pendientes del Capítulo XI: Contraloría General de la República, ocasión donde se aprobaron -entre otras materias- la creación de un Consejo Técnico Asesor de la Contraloría.

Para la consejera María Pardo (CS) la iniciativa aprobada debilita el rol fiscalizador de la Contralor.

 

En tanto, para la consejera Lorena Gallardo (RN) la creación de un Consejo Técnico Asesor en la Contraloría General de la República no representa una pérdida de autonomía en la función que desarrolla el Contralor como órgano fiscalizador.

 

Respecto al artículo 189 de dicho capítulo, se aprobó un nuevo inciso el cual detalla que: “En el ejercicio de sus funciones, los consejeros sólo podrán formular opiniones respecto del funcionamiento de la Contraloría en las sesiones convocadas al efecto”.

Dentro de las iniciativas visadas, también se establece que: “Dicho consejo deberá ser oído antes de que el Contralor modifique o sustituya, de conformidad a la ley, la resolución que determina los actos administrativos decisorios afectos a toma de razón y emita, de oficio, dictámenes e informes sobre la legislación administrativa relacionada con el funcionamiento de los organismos fiscalizados”.

El Consejo Técnico Asesor será presidido por el Contralor General de la República y estará integrado por cuatro miembros que deberán tener a lo menos quince años de licenciado o de título profesional, los que durarán cuatro años en el cargo, no pudiendo ser designados por un nuevo periodo, renovándose por parcialidades de dos años.

  • Vea aquí completa Comisión Función Jurisdiccional y Órganos Autónomos:

  • Vea aquí imágenes de la jornada:

  • Galería de fotos:

 

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