Académicos analizan normas relativas al Poder Judicial

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Académicos analizan normas relativas al Poder Judicial

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La Comisión Función Jurisdiccional y Órganos Autónomos recibió en audiencia a un conjunto de académicos y especialistas quienes expusieron el alcance de las materias incluidas en el anteproyecto relativas al Capítulo VII: Poder Judicial.

La profesor de la Universidad de Los Andes, abogado Alejandro Romero, expuso cuatro puntos sobre dicho capítulo, señalando que es necesario “advertir” y “corregir” el artículo 153.2 del anteproyecto constitucional que dispone que “los jueces se sujetarán a la Constitución y a la ley y no podrán, en caso alguno, ejercer potestades de otros poderes públicos”. En opinión del académico, esta mención «es un retroceso y perturbador”.

Además, se mostró contrario a que en el articulado se diga que los jueces por falta de “ecuanimidad” recibirán reproches. “Sería la única parte del planeta donde se dice esto. De verdad creo que ahí hay un error» y se mostró partidario de eliminarla. A su juicio, de aprobarse «más de alguna persona puede recurrir a la Corte Interamericana de Derechos Humanos acusando al juez porque “no fue ecuánime” al dictar la sentencia.

Por su parte, el abogado y actual árbitro del Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio de Santiago (CCS), Jorge Baraona, concentró su exposición en la relación de la historia del poder judicial y el mundo político. Al respecto opinó que » el Poder Judicial tiene que tener una independencia y todos los poderes del estado, fundamentalmente el político, le interesa manejarlo”. Sostuvo que -a su parecer- en los últimos años «se han multiplicado los juzgados en distintas materias (familia, medioambiental, tributaria, económico, civiles, criminales, etc.) y eso ha generado que la Corte Suprema haya ido perdiendo su unidad y poder».

Agregó que el “Poder Judicial aún no tiene el prestigio social que debiera tener. En el mundo angloamericano, los jueces están en la primera fila de los juristas”.

Separación funciones  

A su turno, la abogada Maite Aguirrezabal, directora Departamento de Derecho Procesal y Litigación de la Universidad de Los Andes, analizó los alcances de la función jurisdiccional, entendida como punto central del debate relativo a la modernización del gobierno judicial.

“Se destaca como aspecto positivo del anteproyecto, el hecho que se separen las funciones jurisdiccionales de las funciones administrativas (no jurisdiccionales), especialmente de la Corte Suprema. La forma de hacerlo (separación), podría ser discutible que sean tantos órganos (4), más un órgano coordinador que no tiene tan clara su funcionalidad y el concepto de autonomía que se le entrega a cada uno de esos órganos”.

También como aspecto positivo destacó la “incorporación de principios generales, como los de independencia e imparcialidad, junto a la ampliación a que ningún órgano, ni autoridad del Estado pueda conocer de causas pendientes o revisar sus fundamentos, que va más allá del Presidente de la República y el Congreso Nacional”.

Aguirrezabal, además valoró la propuesta que busca terminar con los abogados integrantes en las cortes y “el fin a la referencia a lo que son las causas civiles y criminales donde hoy, todo lo que no es criminal, es civil pese a la existencia de mucha judicatura especializada”.

En la instancia, el Decano de la Facultad de Derecho Universidad de los Andes, José Ignacio Martínez, se refirió al anteproyecto y la creación de cuatro órganos autónomos: uno a cargo de nombramientos, otro a cargo de la gestión administrativa y presupuestaria, otro para formar a los jueces y funcionarios, y por último, uno para velar por el correcto actuar de jueces y funcionarios. Todos ellos serían coordinados por un quinto consejo. Al respecto, dijo: «en el diseño de una institucionalidad con estas características, el principal riesgo está en que esta separación pueda enfrentar el problema de la politización, que siempre afecta -en general-, al Poder Judicial”.

Martínez opinó que “incorporar cinco órganos autónomos resulta difícil de sostener ante la opinión pública, que pareciera hoy no ver con buenos ojos la proliferación de organismos estatales y el aumento de la burocracia funcionaria. Existe un amplio consenso -respaldado por la evidencia-, sobre los problemas de celeridad y oportunidad en la administración de justicia, especialmente en materia civil”. Alertó que “sería conveniente crear un solo órgano encargado de cumplir funciones no jurisdiccionales, que podría operar mediante varias unidades, cada una encargada de ejercer funciones de designación y disciplina de los jueces, formación y administración financiera del Poder Judicial”.

  • Vea aquí completa la Comisión Función Jurisdiccional y Órganos Autónomos:

  • Vea aquí imágenes de la jornada: 

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