¿Quedarán los escaños reservados para los pueblos indígenas en la propuesta de nueva Constitución?

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¿Quedarán los escaños reservados para los pueblos indígenas en la propuesta de nueva Constitución?

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Se inició el debate en particular de las enmiendas del Capítulo IV que trata materias relativas al Congreso Nacional.

La primera discusión de la Comisión de Sistema Político, Reforma Constitucional y Forma de Estado, se concentró en el inciso 2 dedicado a la participación política de los pueblos indígenas, que dice: “La ley podrá establecer mecanismos para promover la participación política de los pueblos indígenas en el Congreso Nacional”. En tanto que, la indicación presentada por los consejeros y consejeras del bloque Unidad para Chile proponen el establecimiento de escaños reservados fijos y que se reemplace la palabra «asegurar» por “promover”.

Al respecto, los consejeros del Partido Republicano expresaron dudas en dos sentidos: primero, Jorge De la Maza mostró sus reparos por cambiar la palabra del anteproyecto de “promover”. Mientras que Beatriz Hevia, planteó que “darle un número fijo de escaños puede ser desproporcional” y sobre el punto preguntó: “cuál es el criterio para fijar un número fijo y cómo conjugar libertad con proporcionalidad”.

La comisionada Antonia Rivas tomó el guante y explicó que “sobre la proporcionalidad de los escaños, existen distintas maneras para establecerlos: pueden ser supranumerarios o bien, que sean parte de los escaños establecidos en general en las cámaras. Señaló que “la experiencia indica que es la ley la que define el número. Añadió que debe existir un registro de pueblos y que la representación sea de acuerdo a los datos de proporción demográficos y distribución territorial, porque no puede estar representado un solo pueblo. Lo importante es darle un mandato al legislador».

El artículo del anteproyecto fue un acuerdo político de la Comisión Experta, según explicó el comisionado Sebastián Soto “porque no quisimos constitucionalizar escaños reservados. Esto requiere una discusión más profunda. El inciso 2 establece que pueden promoverse escaños reservados, lo que abre una discusión más pausada”. Aclaró, además, que la participación de los pueblos se puede promover por varias leyes.

Para el consejero Alihuen Antileo, representante de los pueblos indígenas en el Consejo Constitucional, hay dos grandes temas a resolver: primero: «si se quiere o no escaños reservados para pueblos indígenas”. De haber acuerdo en esto, lo siguiente es un aspecto técnico.

Antileo sostuvo que la única experiencia en Chile acerca de escaños, es la que se ha vivido en este Proceso Constitucional, tanto en el 2021 como este 2023 y que el legislador estableció “un criterio intranumerario”, para el primero y para el otro, un criterio supranumerario, o sea, un cupo adicional sobre el establecido. Agregó que ya existe un padrón electoral nacional indígena y que sería bueno considerar un camino de “gradualidad de 5 ó 10 años, para establecer los escaños reservados. Afirmó que “con criterio de flexibilidad y gradualidad se puede llegar a un acuerdo”, Recordó que el 2017, ya hubo un acuerdo con el Estado sobre los escaños reservados.

Ante la consulta del consejero Carlos del Solar (PRep) sobre si la concesión de escaños reservado terminará con la violencia de la macrozona, Antileo respondió que “eso genera un horizonte de solución, pero no de forma inmediata, pero en el mediano y largo plazo, tengo la convicción que sí”.

Ante la discusión técnica, el consejero Christian Suárez le consultó a la consejera Beatriz Hevia si “¿estaría dispuesta a que se conformarán los escaños?, ella respondió que comparte el criterio del comisionado Soto (no constitucionalizar), pero lo que corresponde es comprender a los demás.

  • Revise el trabajo de la Comisión Sistema Político, Reforma Constitucional y Forma de Estado:

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