Aprueban derecho a la educación y libertad de enseñanza

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Aprueban derecho a la educación y libertad de enseñanza

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La Comisión de Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales aprobó los contenidos de las Unidades de Propósitos presentadas por las bancadas de derecha, que establecen nuevas redacciones a los numerales sobre derecho a la educación y libertad de enseñanza.

Luego de cerca de cinco horas en que las distintas bancadas intercambiaron opiniones se logró la aprobación por unanimidad de los siguientes puntos, respecto al derecho a la educación:

  • Establecer que la educación tiene por objeto el pleno desarrollo de la persona en las distintas etapas de su vida, en el contexto de una sociedad libre y democrática.
  • Es deber del Estado promover la educación parvularia, para lo que financiará y coordinará un sistema gratuito a partir del nivel sala cuna menor.
  • Es deber de la familia y la comunidad contribuir al desarrollo y perfeccionamiento de la educación. Asimismo, corresponderá al Estado asegurar la calidad de la educación en todos sus niveles.
  • Es deber del Estado y de toda comunidad educativa promover el desarrollo profesional y respeto de los docentes y asistentes de la educación.
  • El Estado garantizará el financiamiento de la educación de personas con necesidades educativas especiales.

En el mismo literal, se aprobó con votos de mayoría que:

  • Las familias, a través de los padres o en su caso de los tutores legales, tienen el derecho preferente y el deber de educar a sus hijos o pupilos, de elegir el tipo de educación y su establecimiento de enseñanza, así como a determinar preferentemente su interés superior (9 a favor, 4 en contra y 1 abstención).
  • El Estado tiene el deber de fortalecer la educación en todos sus niveles y fomentar su mejoramiento continuo, ejerciendo labores de promoción, regulación y supervigilancia (12-2).
  • La educación básica y la educación media son obligatorias, debiendo el Estado garantizar el financiamiento por estudiante, con la finalidad de asegurar el acceso a ellas para toda la población, a través de establecimientos estatales y privados. En el caso de la educación media, la obligatoriedad se extenderá hasta cumplir los veintiún años de edad (9- 5).
  • El Estado deberá sostener y coordinar una red pluralista de establecimientos de educación de calidad en todos los niveles de enseñanza. En dicha red (…) el Estado deberá respetar y proteger los deberes y derechos preferentes de las familias garantizados en esta Constitución (9-5).
  • Se asignarán recursos públicos a instituciones estatales y privadas según criterios de razonabilidad, calidad y no discriminación arbitraria. En ningún caso dicha asignación podrá condicionar la libertad de enseñanza (9-5).

Educación superior

Además, se aprobó en forma unánime la unidad de propósito también suscrita por los consejeros Aldo Valle (Ind-PS) y Miguel Littin (PS) que señala que: El Estado proveerá educación pública, pluralista y de calidad, a través de establecimientos propios en todos los niveles. El Estado garantizará el financiamiento de sus establecimientos de educación parvularia, básica y media. En cualquier caso, la ley podrá entregar financiamiento a sus instituciones de educación superior.      

Valle planteó que antes no había una mención explícita a la educación pública y buena parte del país le debe mucho a la educación pública y que les parecía injusto que no se hiciera ese reconocimiento.

El consejero Sebastián Figueroa (PRep) afirmó que este acuerdo le da una visibilidad a la educación y al compromiso con la educación pública que se materializa también en el resto del contenido del proyecto.

Posteriormente, la comisión rechazó las enmiendas presentadas por el oficialismo que proponían que: La educación superior será progresivamente gratuita, de conformidad a la ley (5-2-7) y que las instituciones privadas y sus controladores que reciban financiamiento estatal no podrán perseguir fines de lucro (5-6-3).

Además, la presentada por las y los consejeros de RN/Evopoli que planteaba que el Estado promoverá el acceso a la educación superior, técnica, profesional y universitaria, especialmente para quienes no cuenten con capacidad financiera suficiente para tal objeto (2-4-8).

Finalmente, con el voto de mayoría se respaldó una nueva UDP presentada por las bancadas de derecha que establece que la ley contemplará mecanismos que aseguren la no discriminación arbitraria en el acceso y el financiamiento de los estudiantes a la educación superior (8-4-1).

Esta norma fue criticada por el oficialismo. Para la consejera Karen Araya (PC) se busca que “el Estado financie igual a los privados que a los públicos; que el Estado les siga financiando su negocio (…) a costa de las arcas fiscales”. El consejero Miguel Littin, por su parte, criticó que se hagan llamados a la unidad y después “regresamos a la aplanadora”.

En tanto, la consejera Pilar Cuevas (RN) reconoció que fue un tema que costó acordar y, por ello, como bancada habían mantenido su enmienda, porque la consideraban más sustantiva y viable. Pero, recalcó que no creen que la educación superior deba estar fuera, porque son muchas las familias de clase media que merecen apoyo para llevar a sus hijos a la universidad y, enfatizó que «profesionalizar nuestra sociedad es un imperativo».

Debate

Al inicio de la presente jornada, el consejero Aldo Valle manifestó que el derecho a la educación es la política pública más sensible, decisiva y estratégica y que era necesario no descansar en el esfuerzo de arribar a un texto que -responsablemente- todos deban promover y materializar.

Al mismo tiempo, expresó que existían objeciones de forma a la redacción inicial propuesta por la derecha en temas referidos a educación parvularia y financiamiento, entre otros.

Al respecto, el consejero Sebastián Figueroa manifestó la disposición a revisar en conjunto esa redacción, pero recalcó que los argumentos e ideas matrices ya habían sido suficientemente expuestas en la comisión y que “la etapa de deliberación ya se agotó”.

Tras un receso de casi 5 horas, se procedió a la votación del texto finalmente aprobado.

Entre los puntos de consenso estuvo la norma que señala el deber del Estado de promover la educación parvularia y su financiamiento desde el nivel de sala cuna.

La consejera Ninoska Payauna (PRep) afirmó que esta norma es fundamental para lograr en los primeros años de vida el desarrollo de los niños, en un espacio protegido e idóneo para su desarrollo con una óptica educativa, dejando atrás la mirada de guardería que tiene la Sala cuna.

Por su parte, la consejera Cuevas (RN) recordó que habían presentado una enmienda para la sala cuna universal en el ámbito del derecho al trabajo, pero tras el debate sostenido en la comisión concordaron que la norma se garantizará en el derecho a la educación, para dejar atrás la idea de guardería y pasar a un espacio de educación, apego y formación vital para el desarrollo futuro de los niños.

Finalmente, la consejera Paloma Zúñiga (RD) también valoró que la propuesta recoge la presentada a través de la Iniciativa Popular de Norma 10.163, Educación y Cuidado desde la Cuna.

En cuanto a la indicación que señala que “La educación básica y la educación media son obligatorias, debiendo el Estado garantizar el financiamiento por estudiante …”, para el consejero Sebastián Figueroa (PRep) se logra asegurar la libertad de los padres de elegir la educación y de escoger el establecimiento, porque el financiamiento puede ser destinado tanto a colegios públicos como particulares subvencionados.

Por el contrario, para la consejera Karen Araya (PC) la norma “constitucionaliza el voucher en la educación”, política que -a su juicio- ha profundizado la desigualdad.

Libertad de enseñanza

En una sola votación, por 9 votos a favor y 5 en contra, la comisión aprobó la Unidad de Propósito de las bancadas RN/Evopoli, UDI y Republicanos en materia de Libertad de enseñanza.

El texto dispone, entre otros puntos:

  • El derecho de las personas de abrir, organizar y mantener establecimientos educacionales, así como de crear y desarrollar proyectos e idearios educativos, sin otras limitaciones que las impuestas por la moral, el orden público y la seguridad del país.
  • La libertad de enseñanza para garantizar el derecho preferente y el deber de educar a sus hijos o pupilos; de escoger el tipo de educación (…) o de elegir para ellos el establecimiento de enseñanza que estimen de acuerdo con sus convicciones morales o religiosas.
  • La enseñanza estatal y la reconocida oficialmente no podrá orientarse a propagar tendencia político partidista alguna.
  • El Estado deberá garantizar la continuidad del servicio educativo en sus establecimientos educacionales.
  • El Estado promoverá la diversidad de proyectos educativos a nivel local y regional.
  • El Estado fijará contenidos mínimos, pero que no podrán suponer un % mayor a la mitad de las horas lectivas al momento de impartirlas, para garantizar la autonomía y diversidad educativa.

 

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