Principios, Derechos Civiles y Políticos

Tipo de Comisión: Permanente

 

Detalle de la votación

Materia:
Enmienda 78/2 - De las comisionadas y comisionados Cortés, Fuenzalida, Lagos, Lovera, Rivas y Undurraga, al artículo 17, para agregar un inciso nuevo, del siguiente tenor: “x. El derecho a vivir en entornos seguros y libres de violencia, tanto en el ámbito público como privado. a) Es deber del Estado proteger en forma equitativa el ejercicio de este derecho a todas las personas, a través de una política de prevención de la violencia y el delito, que considerará especialmente las condiciones materiales, ambientales, sociales y el fortalecimiento comunitario. b) La política de prevención de la violencia deberá atender a la violencia que ejerza por motivos tales como raza, etnia, color, sexo, edad, enfermedad o discapacidad, orientación sexual, identidad de género, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier otra índole, nacionalidad, situación socioeconómica o cualquier otra condición social. c) Las acciones de prevención, persecución y sanción de los delitos, así como la reinserción social de las personas condenadas, serán desarrolladas por los organismos públicos que señalen la Constitución y las leyes, en forma coordinada y con irrestricto respeto a los derechos humanos. d) El Estado tiene el monopolio indelegable del uso legítimo de la fuerza, la que ejerce a través de las instituciones competentes, conforme a esta Constitución y las leyes y con respeto a los derechos humanos. e) La ley regulará el uso de la fuerza y el armamento que pueda ser utilizado en el ejercicio de las funciones de las instituciones autorizadas por esta Constitución. f) Ninguna persona, grupo u organización podrá poseer, tener o portar armas u otros elementos similares, salvo en los casos que señale la ley, la que fijará los requisitos, autorizaciones y controles de uso, porte y tenencia de armas.”.
Tipo de votación:
GENERAL
Documento:
-
Votación Votos
A Favor 3
En contra 3
Abstención 0
No Vota 0

Sra. Catalina Lagos Tschorne

  A FAVOR   

Sra. Magaly Fuenzalida Colombo

  A FAVOR   

Sr. Máximo Pavez Cantillano​

  EN CONTRA   

Sr. Carlos Frontaura Rivera

  EN CONTRA   

Sra. Marcela Peredo Rojas

  EN CONTRA   

Sra. Verónica Undurraga Valdés

  A FAVOR