Principios, Derechos Civiles y Políticos

Tipo de Comisión: Permanente

 

Detalle de la votación

Materia:
Enmienda 74/2 - De las comisionadas y comisionados Arancibia, Frontaura, Martorell, Pavez, Peredo y Sebastián Soto para agregar en el artículo 17, numeral 13, lo siguientes incisos quinto y sexto, nuevos: “Las agrupaciones sociales y sus dirigentes que hagan mal uso de la autonomía que la Constitución les reconoce, interviniendo indebidamente en actividades ajenas a sus fines específicos, serán sancionados en conformidad a la ley. Son incompatibles los cargos directivos superiores de las organizaciones gremiales con los cargos directivos superiores, nacionales y regionales, de los partidos políticos. “La ley establecerá las sanciones que corresponda aplicar a los dirigentes gremiales que intervengan en actividades político-partidistas y a los dirigentes de los partidos políticos, que interfieran en el funcionamiento de las organizaciones gremiales y demás asociaciones que la misma ley señale.”.
Tipo de votación:
GENERAL
Documento:
-
Votación Votos
A Favor 3
En contra 3
Abstención 0
No Vota 0

Sra. Catalina Lagos Tschorne

  EN CONTRA   

Sra. Magaly Fuenzalida Colombo

  EN CONTRA   

Sr. Máximo Pavez Cantillano​

  A FAVOR   

Sr. Carlos Frontaura Rivera

  A FAVOR   

Sra. Marcela Peredo Rojas

  A FAVOR   

Sra. Verónica Undurraga Valdés

  EN CONTRA