Principios, Derechos Civiles y Políticos

Tipo de Comisión: Permanente

 

Detalle de la votación

Materia:
Unidad de propósito 282/2-B Art. 28 inc 7 (De los Deberes Constitucionales) - 7. Los habitantes de la República tienen el deber de asistir, alimentar, educar y amparar a sus hijos. Por su parte, ellos tienen el deber de respetar a sus padres, madres y ascendientes, y de asistirlos, alimentarlos y socorrerlos cuando estos los necesiten.
Tipo de votación:
GENERAL
Documento:
-
Votación Votos
A Favor 5
En contra 0
Abstención 1
No Vota 0

Sra. Catalina Lagos Tschorne

  ABSTENCION   

Sra. Magaly Fuenzalida Colombo

  A FAVOR   

Sr. Máximo Pavez Cantillano​

  A FAVOR   

Sr. Carlos Frontaura Rivera

  A FAVOR   

Sra. Marcela Peredo Rojas

  A FAVOR   

Sra. Verónica Undurraga Valdés

  A FAVOR