Función Jurisdiccional y Órganos Autónomos

Tipo de Comisión: Permanente

 

Detalle de la votación

Materia:
Artículo 163 - enmienda 055/09 (UNIDAD DE PROPÓSITOS) - 055/09 (Anastasiadis, Larraín, Lovera, Martorell, Salem y Sánchez) Al artículo 163 del texto aprobado en general, para sustituirlo íntegramente por uno del siguiente tenor: “Artículo 163. Ley institucional. 1. Una ley institucional determinará la organización y atribuciones del Ministerio Público y las causales de cese y remoción de los fiscales adjuntos, en lo no contemplado en la Constitución. Las personas que sean designadas fiscales no podrán tener impedimento alguno que las inhabilite para desempeñar el cargo de juez. 2. El Fiscal Nacional, los fiscales regionales, el Fiscal de Alta Complejidad y el Fiscal de Asuntos Internos cesarán en su cargo una vez terminado su período. 3. Las personas que ejerzan alguno de los cargos del inciso anterior y los fiscales adjuntos cesarán en sus funciones al cumplir 75 años de edad, al ser condenados por crimen o simple delito o por las demás causales que establezca la ley. 4. La ley institucional que regule al Ministerio Público establecerá el grado de independencia, autonomía y la responsabilidad que tendrán los fiscales en el ejercicio de sus funciones.”.
Tipo de votación:
GENERAL
Documento:
-
Votación Votos
A Favor 6
En contra 0
Abstención 0
No Vota 0

Sr. Hernán Larraín Fernández

  A FAVOR   

Sra. Katherine Martorell Awad

  A FAVOR   

Sra. Leslie Sánchez Lobos

  A FAVOR   

Sra. Catalina Salem Gesell

  A FAVOR   

Sr. Domingo Lovera Parmo

  A FAVOR   

Sra. Paz Anastasiadis Le Roy

  A FAVOR