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Tricel y Servel expusieron alcances de enmiendas relativas a su funcionamiento, atribuciones, integración y autonomía

Con la presentación del ministro del Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel), Jorge Dahm, junto a la secretaria relatora del organismo, Carmen Gloria Valladares, la entidad expuso ante la subcomisión Función Jurisdiccional y Órganos Autónomos, los alcances de las enmiendas presentadas, relativas a dar continuidad a la integración del organismo, atribuciones, autonomía, financiamiento y campo de acción frente a los Tribunales Electorales Regionales (TER).

Respecto a la indicación que propone ampliar su acción a las elecciones internas de los partidos políticos, el ministro Dahm, expuso las particularidades que representan las colectividades políticas, donde una actuación como la propuesta, sería “inmiscuirse en la vida interna de los partidos políticos”.

“Todos tienen estatutos distintos, todos tienen maneras diferentes y formas diferentes en sus elecciones. Si yo me meto, como Tribunal Calificador en la elección interna de un partido político, necesariamente tendría que aplicarle algunas reglas, reglas que no conozco, fuera del estatuto de ellos”, argumentó  Dahm.

Frente a los argumentos expuestos por el Tricel, la comisionada Leslie Sánchez, propuso establecer, como punto intermedio, la acción de un mecanismo que pueda revisar el cumplimiento del debido proceso en las elecciones internas de cada colectividad, sin intervenir en las resoluciones de los tribunales supremos o la institucionalidad de cada partido político.

En la exposición, además se abordaron materias relativas a la composición de los TER, límite de edad a los 75 años de sus integrantes, duración de 10 años en el cargo, dedicación exclusiva, además del establecimiento de una superintendencia del Tricel por sobre los TER.

Jorge Dahm recalcó que “las facultades jurisdiccionales de los TER no se tocan. Lo que se busca, es un ordenamiento y un mejor servicio a la ciudadanía”.

Frente al tema, el comisionado Domingo Lovera, señaló que “efectivamente la duración de 10 años que se propone es algo exagerado. No hay un cargo que tenga tal duración establecida, pero cuatro años en particular (como hoy está establecido), es un periodo demasiado corto, considerando que sí tenemos periodos electorales de cuatro años. Quizás una buena fórmula, sería buscar un tiempo intermedio que permita que los TER puedan abordar situaciones en el mismo periodo electoral que les corresponde”.

Servicio Electoral (Servel)

A su turno, el presidente del Consejo Directivo del Servicio Electoral (Servel), Andrés Tagle, expuso los alcances de las indicaciones presentadas en materias propias del organismo autónomo. “Nos preocupa el carácter de ley de quórum, a ley institucional. Entendemos que la definición que hay de ley institucional, es una definición de simple mayoría y no un quórum superior como han tenido, desde la Constitución del 80 toda la legislación electoral, que es un quórum orgánico constitucional, de 4/7 de los parlamentarios”.

“La razón de fondo, que tenga un quorum superior, es que una mayoría no cambie las reglas del juego. La ley electoral, son las reglas del juego de la democracia. Si se pueden cambiar esas reglas por una mayoría, esa mayoría puede hacer que las reglas en el futuro le favorezcan en forma permanente. El poder cambiar las reglas con facilidades, puede generar crisis democráticas”, indicó Tagle.

Presentación académico

En la instancia expuso el abogado experto en derecho público, William García, quien abordó las indicaciones ingresadas para su debate y votación en particular, relativas a la administración y justicia electoral.

“Uno debiera entender que existe una evaluación necesariamente positiva del Servicio Electoral, de su actual regulación, porque se le conserva este carácter autónomo constitucional y se conservan sus funciones sin grandes variaciones”, señaló García.

El académico indicó que en esta materia existe “una gran continuidad, entre el régimen de la constitución vigente y lo que vemos acá en las propuestas, incluso en las enmiendas señaladas”.

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