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Estados de excepción fueron analizados por uniformados (R) y académicos

Académicos y oficiales en retiro analizaron los problemas que tienen los estados de excepción en la actualidad, su importancia al momento de aplicarlos y el cuidado de los derechos fundamentales de las personas en la Comisión de Principios, Derechos Civiles y Políticos del Consejo Constitucional.

Los expositores continuaron con el contenido del Capítulo II sobre Derechos y Libertades Fundamentales, Garantías y Deberes Constitucionales del anteproyecto. El académico de la Universidad Alberto Hurtado, Sebastián Salazar, expresó que “los problemas de hoy en esta materia son que no ha existido una claridad entre las distintas figuras de excepciones. Tenemos una legislación desordenada, no sistematizada y no coherente, debido a que muchas de estas normas han sido construidas de manera esporádicas y puntuales y sin un desarrollo sistemático”.

En su opinión, durante la pandemia del COVID hubo un conjunto de normas del Código Sanitario, la Ley de Sismos y Catástrofes y la Ley de Estados Excepción, que no se conjugaron entre sí, sin una correlación para seguir un solo conducto, “lo que al final se transformó en una situación no fácil para la población”. Otro de los problemas que mencionó el académico fue que la ley que organiza los estados de excepción “está obsoleta” porque data desde el año 1989. “No ha habido una adaptación del legislador sobre estas materias”.

Al mismo tiempo, Salazar valoró que la Comisión Experta reafirme cuatro estados de excepción (asamblea, catástrofe, de sitio y emergencia), que haya una redacción clara y precisa en la propuesta, que se consagren mayores estándares de control -ya sean formales o materiales- y que existan diversas prácticas institucionales.

Agencia Nacional de Inteligencia y Consejo Consultivo Multidisciplinario

A su turno, los oficiales en retiro de la Armada de Chile, Daniel Arellano Walbaum y Reinaldo Reinike Espinoza, dijeron que “la dinámica y complejidad de los conflictos actuales, requieren de respuestas inmediatas y una alta flexibilidad de medidas que garanticen tanto la seguridad externa e interna, dado que las amenazas traspasan las fronteras, como el caso de un ataque cibernético”.

Arellano sostuvo que “es necesario contemplar estados de excepción que respondan a las características de dichos problemas, estableciendo las capacidades de restringir las facultades fundamentales, conforme al desarrollo de los acontecimientos, considerando zonas, plazos y procedimientos de regulación y suspensión”. Precisó que “un Estado moderno debe conocer y estudiar con anticipación escenarios y actores internos y externos en todos los ámbitos del quehacer humano, como única manera de actuar preventivamente y tomar medidas de disuasión, mitigación y control, ante hechos que afecten los intereses nacionales”. En ese punto, propuso la necesidad de la creación -con rango constitucional- de una “Agencia Nacional de Inteligencia”.

Además, planteó establecer un Consejo Consultivo Multidisciplinario, porque “las amenazas al Estado son múltiples y complejas -y por lo general no son de aparición espontánea- con indicios que son detectables por las instituciones encargadas de resguardar la integridad territorial, la seguridad y el orden público”.

En tanto, el profesor de Derecho Constitucional de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Chile, Germán Concha, expuso que “nos tienen que preocupar los estados de excepción por todo lo que implican para la ciudadanía. Si bien la Constitución tiene que decir pocas cosas -porque esa es la idea-  lo demás debe quedar en manos del legislador en esta materia”.

Argumentó que en la Carta Magna futura “tiene que mantenerse una lógica de gradualidad entre los distintos estados de excepción, de manera que puedan ser herramientas útiles y de control para garantizar lo fundamental: los derechos de las personas”.

Sostuvo que en muchos casos estas medidas son “los únicos instrumentos que permiten mantener viva la república conforme a sus leyes. La definición de suspensión o restricción, que es lo más complejo a la hora de definir tales estados, está en la ley orgánica, y cuando se dice que tenemos un problema con dicha legislación –porque está la misma desde hace 34 años- es verdad, pero no olvidar que sin ella el sistema no anda”.

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