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Acuerdo transversal para aprobar texto sobre medio ambiente

Luego de semanas de debates y conversaciones, la subcomisión de Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales aprobó una nueva redacción de los artículos que forman parte del capítulo XIII: “Protección del Medio Ambiente, Sostenibilidad y Desarrollo”, y que es parte del anteproyecto de la Comisión Experta.

Pese a que se habían presentado 32 indicaciones al texto aprobado en general, finalmente los distintos sectores al interior de la subcomisión consensuaron y aprobaron siete enmiendas de unidad de propósito (normas acordadas transversalmente), tras lo cual se rechazaron todas las propuestas iniciales.

Enmiendas de unidad de propósito aprobadas:

  1. Artículo 187

La protección del medio ambiente, la sostenibilidad y el desarrollo están orientados al pleno ejercicio de los derechos de las personas, así como al cuidado de la naturaleza y su biodiversidad, considerando a las actuales y futuras generaciones.

  1. Artículo 188

Las personas, las comunidades y el Estado deben proteger el medio ambiente. Este deber comprende la conservación, preservación, restauración y regeneración de las funciones y equilibrios de la naturaleza y su biodiversidad según corresponda, en conformidad a la ley.

  1. Artículo 189

La distribución de cargas y beneficios ambientales estará regida por criterios de equidad y participación ciudadana oportuna, de conformidad a la ley.

  1. Artículo 189 bis.

El Estado debe fomentar el desarrollo sostenible armónico y solidario del territorio nacional, instando a la colaboración privada en dicha materia.

  1. Artículo 189 ter.

El Estado promoverá las fuentes de energía renovables, así como también la reutilización y reciclaje de los residuos, de conformidad a la ley.

  1. 189 quáter.

El Estado implementará medidas de mitigación y adaptación de manera oportuna y justa ante los efectos del cambio climático. Así mismo, promoverá la cooperación internacional para la consecución de estos objetivos.

  1. 189 quinquies.

El Estado contará con instituciones administrativas y jurisdiccionales en materia ambiental, las que serán de carácter técnico. Los procedimientos de evaluación ambiental serán de carácter técnico y participativo, y asegurarán una decisión razonable y oportuna.

 

Durante la argumentación de los votos, el comisionado Alexis Cortés señaló que “hemos dado un avance significativo al establecer la existencia de un capítulo autónomo dentro de la Constitución, y en avanzar en un contenido de dicho capítulo que está en una dirección correcta para enfrentar el desafío civilizatorio más importante que tenemos hoy en día, que es la crisis climática y el serio riesgo de la persistencia de la naturaleza y su biodiversidad”.

La comisionada Bettina Horst sostuvo que “sin capítulo especial en nuestra Constitución, ya contamos con una robusta legislación en la materia, con distintas instituciones que se han venido instalando del año 90 a la fecha. Sin duda, con esto esperamos que se ayude a promover, a mejorar, a profundizar y hacer más técnica nuestra institucionalidad ambiental en el país”.

Por su parte, el comisionado Flavio Quezada celebró que “fue una construcción dialogada desde distintas visiones. Sin embargo, no puedo dejar de lado mi intención de que fuéramos bastante más vanguardistas en esta materia, porque creo que la urgencia climática que vivimos nos impone estar a la altura del desafío de abordar en seriedad y profundidad esta materia”.

El comisionado Jaime Arancibia afirmó que “se avanza reconociendo derechos, pero también deberes. Deberes destinados no solo al Estado, sino también a los particulares, a las agrupaciones, para que sea un deber no solo estatal, sino que comunitario”.

Mientras el comisionado Teodoro Ribera dijo que “si bien es cierto que pusimos a la persona como un eje central de nuestra preocupación, también tuvimos otros elementos como parte de nuestra preocupación”, la presidenta de la subcomisión, Alejandra Krauss, señaló que “para mí, este es un avance sustancial y consistente con el riesgo que como país enfrentaremos en los años venideros”.

NACIONALIDAD, CIUDADANÍA Y ESTADOS DE EXCEPCIÓN

En tanto, la Subcomisión de Principios, Derechos Civiles y Políticos aprobó enmiendas y normas, prácticamente por unanimidad, relacionadas con la nacionalidad y la ciudadanía, y también sobre los estados de excepción.

En el primer aspecto se propone eliminar de la actual Constitución la suspensión a derecho de sufragio por interdicción en caso de demencia, y por hallarse la persona acusada por delito que merezca pena aflictiva o por delito de terrorismo.

Además, no podrán votar aquellas personas que hayan participado en hechos que motivaron la declaración de inconstitucionalidad por la Corte Constitucional, recuperando el derecho a votar después de cinco años y sin ningún efecto legal.

Respecto a los estados de excepción se estableció consagrar en la nueva Constitución a lo menos cuatro de ellos, fortaleciendo su estándar democrático: Estado de Asamblea, de Sitio, de Catástrofe y de Emergencia.La idea es establecer en la Carta Fundamental el que se deba coordinar el Jefe de la Defensa Nacional con el Presidente de la República.

El presidente de la subcomisión, Máximo Pavez, celebró las aprobaciones que se realizaron de las indicaciones, señalando que “con estos temas queremos ponernos al día con los tratados internacionales, y eso es muy positivo para nuestro país”.

Igual precisó que “en estos casos, si una persona es acusada por delito que permanezca a pena aflictiva no puede ser candidato a elección popular. Son avances importantes en materia de actualizar los procesos democráticos sobre nacionalidad y ciudadanía”.

Respecto a los estados de excepción, dijo que “la discusión ha sido absolutamente pacifica en materia del mantenimiento de las situaciones de excepción, actualizando el consenso democrático. Además, hemos incluido que el Presidente de la República no solo debe de informar al Congreso Nacional tal como está hoy, sino que también debe dar cuenta”.