Sistema Político, Reforma Constitucional y Forma de Estado

Tipo de Comisión: Permanente

 

Detalle de la votación

Materia:
Enmienda minuta 27/3, artículo 37 - Enmienda formulada en virtud del artículo 62.3 del reglamento: 27/3- Se retiran 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31 y 32 y se reemplazan por la siguiente unidad de propósito: Para sustituir, el artículo 37 por el siguiente: “1. Un grupo de personas habilitadas para sufragar equivalente al cuatro por ciento del último padrón electoral y no superior al seis por ciento de dicho padrón, podrá presentar a cualquiera de las ramas del Congreso Nacional una iniciativa popular de ley para su tramitación legislativa. No será procedente este mecanismo para reformar la Constitución. 2. Las iniciativas deben presentarse por escrito, contener las ideas matrices o fundamentales que las motivan y el articulado que se propone. Si abordan una materia de iniciativa exclusiva del Presidente de la República, una vez reunidos los apoyos exigidos, el Servicio Electoral remitirá el proyecto al Presidente, quién resolverá si la patrocina en el plazo de treinta días, en cuyo caso deberá cumplir con lo señalado en el artículo 69. Si el Presidente no resuelve dentro del plazo establecido, la iniciativa se tendrá por no patrocinada. 3. Las iniciativas populares de ley deberán registrarse ante el Servicio Electoral, el que dispondrá de un sistema tecnológico y expedito, a partir del cual habrá un plazo de ciento ochenta días para que la propuesta sea conocida por la ciudadanía y pueda reunir el apoyo exigido en el inciso primero. Cumplido dicho requisito, el Servicio Electoral remitirá la iniciativa al Congreso Nacional, para que inicie su tramitación. Será aplicable a la tramitación de estas iniciativas, lo dispuesto en el artículo 79. 4. El Congreso dará cuenta a la ciudadanía cada seis meses sobre las iniciativas presentadas y su estado de tramitación.”.
Tipo de votación:
GENERAL
Documento:
-
Votación Votos
A Favor 6
En contra 0
Abstención 0
No Vota 0

Sr. Sebastián Soto Velasco

  A FAVOR   

Sr. Gabriel Osorio Vargas

  A FAVOR   

Sr. Francisco Soto Barrientos

  A FAVOR   

Sra. Natalia González Bañados

  A FAVOR   

Sr. Juan José Ossa Santa Cruz

  A FAVOR   

Sra. Antonia Rivas Palma

  A FAVOR