Sistema Político, Reforma Constitucional y Forma de Estado

Tipo de Comisión: Permanente

 

Detalle de la votación

Materia:
Artículo 137 del capítulo VI - Artículo 137 1. La ley podrá autorizar que se apliquen sobretasas a determinados tributos que gravan actividades o bienes de identificación regional o comunal, dentro de los marcos que la misma ley señale, por las autoridades regionales o comunales. 2. La ley definirá los bienes o actividades que cumplen con dichas características. Los ingresos generados por esta vía deberán ser utilizados para el financiamiento de obras de desarrollo e inversión.
Tipo de votación:
GENERAL
Documento:
-
Votación Votos
A Favor 6
En contra 0
Abstención 0
No Vota 0

Sr. Sebastián Soto Velasco

  A FAVOR   

Sr. Gabriel Osorio Vargas

  A FAVOR   

Sr. Francisco Soto Barrientos

  A FAVOR   

Sra. Natalia González Bañados

  A FAVOR   

Sr. Juan José Ossa Santa Cruz

  A FAVOR   

Sra. Antonia Rivas Palma

  A FAVOR