Sistema Político, Reforma Constitucional y Forma de Estado

Tipo de Comisión: Permanente

 

Votaciones Sesión N°45

jueves 31 agosto del 2023, de 09:02 a 16:50 hrs.
Documento Materia Tipo Afir. Neg. Abst. Detalle
Artículo 142 - En votación el artículo 142: Artículo 142 La Ley de Presupuestos deberá propender a que, progresivamente, una parte significativa del gasto público sea ejecutado a través de los gobiernos regionales y locales, en función de las responsabilidades propias que debe asumir cada nivel de gobierno para el adecuado cumplimiento de sus responsabilidades, debiendo para ello fijar metas anuales para su efectivo cumplimiento. GENERAL 12 0 0
Artículo 147 - En votación el artículo 147: La Corte Constitucional resolverá, en conformidad a esta Constitución, las contiendas de competencia que pudieran suscitarse entre las autoridades nacionales, regionales, provinciales y comunales. GENERAL 12 0 0