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Comisión de Principios inicia debate de enmiendas del Capítulo I sobre Fundamentos del Orden Constitucional

Las enmiendas del Capítulo I sobre Fundamentos del Orden Constitucional del anteproyecto fueron las primeras en exponerse y debatirse en la Comisión de Principios, Derechos Civiles y Políticos.

La presidenta de la Comisión Experta Verónica Undurraga defendió el articulado 5 del anteproyecto y de dos enmiendas presentadas por los consejeros del bloque Unidad Para Chile, en particular el inciso 2 que dice: “las normas de derecho interno deberán interpretarse de forma compatible con aquellos tratados, favoreciendo la protección más amplia de la persona”.

Al argumentar que Chile es parte del sistema universal de derechos humanos, y que se organiza bajo el amparo de la ONU (Organización de las Naciones Unidas) y de la OEA  (Organización de los Estados Americanos), recalcó que cuando un país firma tratados internacionales deben cumplirse de buena fe y no se pueden invocar disposiciones de su derecho interno como justificación para incumplir dicho pacto.

En ese orden, Undurraga sostuvo que “nuestras enmiendas reflejan la comprensión de que los tratados se suscriben y ratifican como un acto y ejercicio de la soberanía. Nada más claro que ponerlo en la Constitución que es el acto máximo de dicha función”.

Y puntualizó dejando en claro que: “Suscribir tratados o ratificarlos no implica una amenaza a la soberanía, sino que un ejercicio de la misma”.

Por su parte, el consejero Luis Silva se refirió al mismo tema que la comisionada Undurraga, y comenzó su exposición preguntándose ¿cómo se puede decir que la Constitución es la norma suprema y reconocer, en un eventual conflicto con un tratado internacional, que prima esta última?.

En ese sentido, manifestó: “Qué pasa si hay una antinomia entre la norma internacional y la Constitución, y cómo se resuelve. Eso a nosotros nos parece que abre una brecha en el concepto de soberanía, y no nos parece sana”.

A su parecer “a través de los órganos internacionales se debilita la soberanía, y con nuestras enmiendas, queremos reforzarla frente a instancias externas”. Tanto Silva como Undurraga se hicieron preguntas sobre sus respectivas posturas.

Respecto al artículo 7 del anteproyecto de la Comisión Experta, que plantea que la Constitución “reconoce a los pueblos indígenas como parte de la nación chilena, que es una e indivisible”, basó su exposición la consejera Kinturay Melin. Explicó que su enmienda busca reemplazar la expresión “como parte de la nación chilena, que es una”, por “preexistentes al Estado y que habitan su territorio, que es único”.

Destacó que el texto del anteproyecto sirve para un buen debate constitucional, sin embargo en cuanto a temas de derechos de pueblos originarios “es insuficiente”. Se preguntó: “¿de qué sirve el reconocimiento si no ha de tener asidero en la realidad?”.

Melin dijo que a través del articulado presentado por el bloque Unidad Para Chile “buscamos consagrar la libre determinación de los pueblos indígenas, y a influir en el orden político bajo el cual se vive, y a preservar su identidad cultural, étnica, histórica o territorial”.

Otro en exponer fue el profesor de derecho económico de la Pontificia Universidad Católica de Chile Felipe Bravo, quien se refirió especialmente a las normas –presentadas por consejeros y consejeras del bloque Unidad Para Chile, del Partido Republicano y Chile Vamos- sobre el estado social y democrático de derecho.

El académico consideró positiva la enmienda -presentada por los consejeros Mariela Fincheira, María Gatica, Beatriz Hevia, María de los Ángeles López, Carmen Montoya y Miguel Rojas- que dice relación con que “Chile se organiza en un Estado social y democrático de derecho, y que reconoce derechos, deberes y libertades fundamentales. El Estado promueve el desarrollo progresivo de los derechos sociales, con sujeción al principio de responsabilidad fiscal y a través de instituciones estatales y privadas”.

Y agregó: “Es bastante acertada, porque lo que busca es resaltar el objetivo de bien común del Estado social. Además, se incorpora expresamente un contenido de deberes de la ciudadanía”.

Igual durante su exposición, el profesor expresó que “el Estado social y democrático de derecho -como fórmula- no requiere de una configuración expresa dentro de la Constitución”.

En su opinión en la actual Carta Magna si bien no lo dice, pero se entiende -por los principios y las normas que contiene- que se considera a Chile como un estado social. El consejero Yerko Ljubetic (CS) preguntó cómo explica tal aseveración. Bravo contestó que en dicho texto aparece un conjunto de “derechos sociales”, y por lo mismo se puede hablar de que nuestro país es un estado social.

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